Conciliación laboral: proyecto que amplía uso de teletrabajo avanza tras acuerdo entre el Gobierno y la oposición
La comisión de Trabajo del Senado aprobó por unanimidad y despachó a Sala la propuesta, luego de que se presentarán las nuevas indicaciones por parte del Ejecutivo.
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Un paso significativo dio este miércoles el proyecto del Ejecutivo que busca avanzar en mayor conciliación entre la vida laboral, personal y familiar, a través del fortalecimiento del teletrabajo.
Hoy, la comisión de Trabajo del Senado votó por unanimidad y despachó a Sala la propuesta, luego de que el Gobierno presentara las nuevas indicaciones al proyecto, las que se elaboraron con una estrecha colaboración de los parlamentarios tanto del oficialismo como de la oposición.
Vacaciones y teletrabajo
Los nuevos lineamientos presentados, según se expuso en la comisión, tienen por objetivo delimitar de mejor manera el marco de acción e implementación de la normativa.
Así, como primer punto, se aprobó agregar la palabra “conciliación” al Título II del Libro II del Código del Trabajo: el cual quedaría así: “De la protección a la maternidad y la paternidad y la conciliación de la vida personal, familiar y laboral”.
También se aprobó la indicación que establece que, durante el periodo de vacaciones definidas por el Ministerio de Educación, se concederá el feriado preferentemente a las personas trabajadoras que tengan al cuidado a un niño o niña menor de catorce años o adolescente menor de 18 años con discapacidad o en situación de dependencia severa o moderada, por sobre otros trabajadores sin tales obligaciones.
Sobre este tema, la indicación aprobada contempla que la persona que quiera hacer uso de esto deberá presentar una solicitud con, al menos, treinta días de anticipación, y deberá acompañar el certificado de nacimiento que acredite la filiación respecto de un niño o niña; o la resolución judicial de un tribunal que otorga el cuidado personal de estos o estas; o el certificado de inscripción en el Registro Nacional de Discapacidad.
Con relación al teletrabajo, se matizó el texto ingresado inicialmente, ya que la propuesta original -la cual consignaba que esto era un derecho exclusivo del trabajador-, despertó muchas críticas al interior de la oposición.
Tras varias conversaciones, finalmente se estableció que el empleador deberá ofrecer a la persona trabajadora que, durante la vigencia de la relación laboral, tenga el cuidado personal de un niño o niña menor de catorce años o que tengan a su cargo el cuidado de una persona con discapacidad o en situación de dependencia severa o moderada, que todo o parte de su jornada diaria o semanal pueda ser desarrollada bajo modalidad de trabajo a distancia o teletrabajo, en la medida que la naturaleza de sus funciones lo permita.
Para utilizar esta modalidad, la persona trabajadora deberá presentar un requerimiento por escrito -acompañado de algunos documentos-, y deberá formular una propuesta en la que se contenga la combinación fija de tiempos de trabajo presencial y de tiempos de trabajo fuera de ellas.
El empleador deberá dar su respuesta dentro de los quince días siguientes a dicha presentación, pudiendo ofrecer una fórmula alternativa o rechazar la propuesta.
De rechazar la solicitud, el empleador deberá acreditar que la naturaleza de las funciones de la persona trabajadora no permite la modalidad de trabajo a distancia o teletrabajo, como en el caso de labores que requieran que la persona se encuentre presencialmente en su puesto de trabajo, o la atención presencial de público, o que por necesidades organizativas sean requeridas para la realización de los servicios de otros trabajadores, o de atención de servicios de urgencia, guardias o similares.
También se aprobó una indicación que establece que las organizaciones sindicales podrán acordar con su empleador que, durante el período de vacaciones definido por el Ministerio de Educación, las personas que tengan el cuidado personal de un niño o niña menor de 14 años, o que tengan a su cargo el cuidado de una persona con discapacidad o en situación de dependencia severa o moderada, puedan solicitar la reducción transitoria de su jornada laboral durante todo o parte de dicho período, volviendo a las condiciones originalmente pactadas una vez finalizado.
Reacciones y universo de beneficiarios
Tras la votación, el subsecretario del Trabajo, Giorgio Boccardo, valoró el avance, destacando que este es un paso para “revertir la problemática de los cuidados que afecta principalmente a las mujeres trabajadoras y con ello, avanzar en corresponsabilidad social. Nuevamente hemos alcanzado un acuerdo transversal, confirmando que, para avanzar, el sello del Ministerio del Trabajo es a través del diálogo social”.
Una lectura en la misma línea entregó la ministra de la Mujer y la Equidad de Género, Antonia Orellana, quien destacó “el ánimo de acuerdo, el trabajo continuo que se ha hecho en varios sentidos respecto a este proyecto de ley que creemos que ha logrado encontrar un punto que lo hace viable conservando distintos intereses que son muy relevantes, en el caso de nuestro ministerio sobre todo en el caso de las trabajadoras, cuidadoras y madres”.
Desde la organización Yo Quiero Estar celebraron la aprobación del proyecto, y recalcaron que es clave que, de aprobarse la propuesta legislativa, esta sea utilizada tanto por hombres como por mujeres.
“Estamos convencidas que es una modalidad de trabajo que llegó para quedarse y es responsabilidad de todos los actores involucrados que sea una herramienta para mejorar no solo el bienestar de trabajadores y sus familias, también para el progreso de nuestro país. En este sentido, para avanzar hacia una mayor equidad de género, es fundamental que este derecho sea utilizado por hombres y mujeres”, dijo Verónica Campino, cofundadora de Yo Quiero Estar.
"Después de la pandemia el teletrabajo llegó para quedarse, y tener bien normado esto permite que se logre un equilibrio entre, los derechos del trabajador y trabajadora, y también la misma actividad empresarial", destacó la senadora Paulina Núñez (RN).
Universo de beneficiados
La unidad de estudios laborales de la subsecretaría del Trabajo, utilizando los últimos datos de la Encuesta Casen, elaboró un análisis para estimar el universo de personas que podría acceder a teletrabajo gracias a esta legislación.
Dicho análisis permitió constatar que, según la Casen 2022, hay 2.347.880 asalariados en hogares con personas causantes, pero no todas ellas trabajan en una ocupación con potencial de teletrabajo. El estudio de factibilidad de teletrabajo estableció que 25,9% de trabajadores/as a nivel nacional se encuentran en ocupaciones que son factibles de realizar en teletrabajo.
"Cuando ajustamos por la distribución por rama de actividad económica, los resultados nos muestran que los potenciales asalariados que podrían hacer uso del derecho a teletrabajo si sus funciones los permiten es de 364.358 trabajadores/as", dice el texto.
El proyecto pasará a la sala del Senado, para luego continuar su tramitación en la Cámara de Diputados.